SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
S C J N
M A T E R I A L A B O R A L
Suplencia de la queja deficiente en materia laboral; Pensiones civiles; Intereses previstos en el tercer párrafo del art 48 de la Ley Federal del Trabajo.
La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer el pasado día 14 de diciembre de 2018, las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA LABORAL, donde sobresalen los siguientes precedentes:
- SUPLENCIA DE LA QUEJA DEFICIENTE EN
MATERIA LABORAL. OPERA
EN FAVOR DE QUIEN SE OSTENTA COMO TRABAJADOR, AUN CUANDO EN EL LAUDO SE HAYA
DETERMINADO QUE NO TIENE ESA CALIDAD.
- PENSIONES CIVILES. EL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DEL
PATRÓN DE ENTREGAR SUS APORTACIONES AL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL, NO
IMPLICA QUE DEBA CUBRIR LAS CUOTAS QUE CORRESPONDEN AL TRABAJADOR, COMO PAGO DE
DAÑOS Y PERJUICIOS (INTERPRETACIÓN SISTEMÁTICA DE LOS ARTÍCULOS 5, 19 Y 20 A 25
DE LA LEY DE PENSIONES CIVILES DEL ESTADO DE CHIHUAHUA).
- INTERESES PREVISTOS EN EL TERCER PÁRRAFO
DEL ARTÍCULO 48 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO. EL IMPORTE DE 15 MESES DE SALARIO DEL
TRABAJADOR SÓLO CONSTITUYE LA BASE SOBRE LA CUAL SE HARÁ SU CUANTIFICACIÓN.
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