SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
S C J N
M A T E R I A A D M I N I S T R A T I V A (FISCAL)
TESIS y JURISPRUDENCIA del 07 de diciembre de 2018
Derecho a una Tutela Jurisdiccional Efectiva; Art 151, fr I, LISR de 2014; Art 19, fr XVIII, LIEPS; Art 69-B, del CFF, presunción de inexistencia de operaciones, su finalidad; Art 8, fr II, LFPCA; Art 52, cuatro párrafo, LFPCA; Estímulo fiscal; Competencia territorial de la autoridad para imponer multas por infracción a las disposiciones fiscales; Alegatos de bien probado en el JCAF.
La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA ADMINISTRATIVA (FISCAL), publicadas el pasado día 07 de diciembre de 2018, donde sobresalen los siguientes precedentes:
- TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y
ADMINISTRATIVA. EL
ARTÍCULO 38, FRACCIÓN I, DE LA LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL DE REFERENCIA,
ABROGADA, NO VULNERA EL DERECHO A UNA TUTELA JURISDICCIONAL EFECTIVA.
- RENTA. EL ARTÍCULO 151, FRACCIÓN I, DE LA LEY DEL IMPUESTO
RELATIVO, VIGENTE A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2014, NO VULNERA EL DERECHO AL
MÍNIMO VITAL.
- PRODUCCIÓN Y SERVICIOS. EL ARTÍCULO 19, FRACCIÓN XVIII, DE LA
LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, ES CONSTITUCIONAL.
- PROCEDIMIENTO RELATIVO A LA PRESUNCIÓN
DE INEXISTENCIA DE OPERACIONES, PREVISTO EN EL ARTÍCULO 69-B DEL CÓDIGO FISCAL
DE LA FEDERACIÓN. SU
FINALIDAD.
- PROCEDIMIENTO RELATIVO A LA PRESUNCIÓN
DE INEXISTENCIA DE OPERACIONES, PREVISTO EN EL ARTÍCULO 69-B DEL CÓDIGO FISCAL
DE LA FEDERACIÓN –EN SU TEXTO ANTERIOR A LA REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO
OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 25 DE JUNIO DE 2018–. EL CONTRIBUYENTE QUE DEDUJO Y, POR
ENDE, OTORGÓ EFECTOS FISCALES A LOS COMPROBANTES CUESTIONADOS, NO TIENE INTERÉS
PARA SOLICITAR LA DECLARATORIA DE EXTINCIÓN DE LAS FACULTADES DE LA AUTORIDAD,
POR HABER TRANSCURRIDO EN EXCESO EL PLAZO A QUE SE REFIERE EL TERCER PÁRRAFO
DEL PROPIO PRECEPTO.
- PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO. ARTÍCULO
8o., FRACCIÓN II, DE LA LEY FEDERAL DE LA MATERIA, SU INTERPRETACIÓN CONFORME
AL DERECHO DE ACCESO A LA JURISDICCIÓN.
- PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO.
INTERPRETACIÓN CONFORME DEL ARTÍCULO 52, ANTEPENÚLTIMO PÁRRAFO, DE LA LEY
FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, VIGENTE HASTA EL 13 DE
JUNIO DE 2016, CON EL PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURÍDICA.
- PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO. EL
ARTÍCULO 43, FRACCIÓN III, DE LA LEY FEDERAL RELATIVA, NO VIOLA EL DERECHO
FUNDAMENTAL DE AUDIENCIA, AUN CUANDO NO ESTABLEZCA LA POSIBILIDAD DE QUE LAS
PARTES JUSTIFIQUEN EL INCUMPLIMIENTO DE QUE EL PERITO RINDA Y RATIFIQUE SU
DICTAMEN, CON MOTIVO DE UN CASO FORTUITO O DE FUERZA MAYOR.
- INDEMNIZACIÓN PREVISTA EN EL ARTÍCULO
52, CUARTO PÁRRAFO, DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO, POR EL CUMPLIMIENTO EXTEMPORÁNEO DE UNA SENTENCIA. "PERJUICIOS" DE LOS QUE
DERIVA.
- ESTÍMULO FISCAL. EL ARTÍCULO TERCERO TRANSITORIO,
FRACCIONES II, III Y IV, DE LAS DISPOSICIONES DE VIGENCIA TEMPORAL DEL DECRETO
DE REFORMAS A LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, PUBLICADO EN EL DIARIO
OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 18 DE NOVIEMBRE DE 2015, QUE LO PREVÉ, NO CONTRAVIENE
EL PRINCIPIO DE COMPETITIVIDAD O LIBRE CONCURRENCIA.
- COMPETENCIA TERRITORIAL DE LOS
ADMINISTRADORES DESCONCENTRADOS DE RECAUDACIÓN Y DE AUDITORÍA FISCAL PARA
IMPONER MULTAS POR INFRACCIÓN A LAS DISPOSICIONES FISCALES. ES INNECESARIO QUE CITEN EL ACUERDO DE
DELIMITACIÓN TERRITORIAL DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DESCONCENTRADAS DEL
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, VIGENTE HASTA EL 17 DE OCTUBRE DE 2017,
PARA CONSIDERARLA DEBIDAMENTE FUNDADA.
- ALEGATOS DE BIEN PROBADO EN EL JUICIO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. NO
DEBEN INTRODUCIR PRETENSIONES NOVEDOSAS, AUN CUANDO SE HAGAN VALER COMO
CONSECUENCIA DE LA DECLARATORIA DE NULIDAD SOLICITADA.
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