SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
S C J N
M A T E R I A C I V I L
TESIS y JURISPRUDENCIAS del 28 de septiembre de 2018
Usura; Régimen matrimonial de separación de bienes; Endoso; Derecho político-electoral; Convenio concursal; Compensación económica.
La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA CIVIL, publicadas el pasado día 28 de septiembre de 2018, donde destacan los siguientes rubros:
- USURA. NO SE CONFIGURA CUANDO EL PACTO DE LA PENA CONVENCIONAL
QUE SE ESTIMA EXCESIVA DERIVA DE UN CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.
- RÉGIMEN MATRIMONIAL DE SEPARACIÓN DE
BIENES. EN LA
ADMINISTRACIÓN Y PROPIEDAD DE LOS BIENES ADQUIRIDOS, SE DEBE CONSIDERAR LA
DESIGUALDAD ESTRUCTURAL DE GÉNERO Y LA VIOLENCIA PATRIMONIAL EN CADA CASO
CONCRETO.
- ENDOSO. EL ARTÍCULO 29 DE LA LEY GENERAL DE
TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO FACULTA AL ENDOSANTE A REALIZARLO EN EL TÍTULO
DE CRÉDITO O EN LA HOJA ADHERIDA A ÉSTE.
- DERECHO POLÍTICO-ELECTORAL. CUANDO EN EL JUICIO RELATIVO LA
AUTORIDAD RESTITUYE AL INTERESADO EN AQUÉL Y CON ELLO ANULA UNA DE LAS
CONSECUENCIAS DEL ACTO DISCRIMINATORIO, ESA DETERMINACIÓN NO TIENE EL ALCANCE
DE REPARAR EL DAÑO MORAL Y SU INDEMNIZACIÓN, POR LO QUE DEBEN SOLICITARSE EN UN
PROCEDIMIENTO AUTÓNOMO (LEGISLACIÓN APLICABLE PARA LA CIUDAD DE MÉXICO).
- CONVENIO CONCURSAL. LA ACREEDORA COMÚN PUEDE INCONFORMARSE,
CON LA FORMA EN QUE LAS ACREEDORAS QUE LO SUSCRIBIERON MANIFESTARON SU
APROBACIÓN, HASTA EL MOMENTO DE INTERPONER EL RECURSO DE APELACIÓN CONTRA LA
RESOLUCIÓN QUE LO APRUEBA.
- COMPENSACIÓN ECONÓMICA. DE ACUERDO CON LO PREVISTO EN EL
ARTÍCULO 267, FRACCIÓN VI, DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL, APLICABLE
PARA LA CIUDAD DE MÉXICO, SÓLO OPERA A FAVOR DEL CÓNYUGE QUE DURANTE EL
MATRIMONIO SE DEDICÓ AL TRABAJO DEL HOGAR Y CUIDADO DE LOS HIJOS EN MAYOR
MEDIDA QUE EL OTRO.
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