SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
S C J N
M A T E R I A A D M I N I S T R A T I V A
TESIS y JURISPRUDENCIAS del 09 de noviembre de 2018
Sociedad Financiera de Objeto Múltiple (SOFOM), puede ser objeto del procedimiento administrativo sancionador; Renta por adquisición de bienes inmuebles; Presunción de inocencia en el Procedimiento Administrativo Sancionador.
La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer el pasado día 09 de noviembre de 2018, las distintas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA ADMINISTRATIVA, donde sobresalen los siguientes precedentes:
- SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE
(SOFOM). PUEDE SER
OBJETO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR A CARGO DE LA COMISIÓN
NACIONAL PARA LA PROTECCIÓN Y DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS,
AUN CUANDO CON POSTERIORIDAD A LOS HECHOS U OMISIONES COMETIDOS SE HUBIERA
TRANSFORMADO EN SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE.
- RENTA POR ADQUISICIÓN DE BIENES
INMUEBLES. ELEMENTOS
ESENCIALES DEL IMPUESTO RELATIVO PREVISTO EN LOS ARTÍCULOS 125, 130 Y 132 DE LA
LEY QUE LO REGULA.
- PRESUNCIÓN DE INOCENCIA EN EL
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR. LA APLICACIÓN DE ESTE PRINCIPIO NO PUEDE CONDICIONARSE A LA
MANIFESTACIÓN EXPRESA DEL PRESUNTO INFRACTOR, EN EL SENTIDO DE QUE NO COMETIÓ
LA CONDUCTA REPROCHADA.
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