SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
S C J N
M A T E R I A C O N S T I T U C I O N A L
TESIS y JURISPRUDENCIAS del 21 de septiembre de 2018
Pensión por invalidez; Indemnización en caso de expropiación; Empresas productivas del Estado, su naturaleza; Dimensión sustancial o material del derecho a probar; Derechos Humanos y garantías, sus diferencias.
La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer el pasado día 21 de septiembre de 2018, las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA CONSTITUCIONAL, donde destacan los siguientes rubros:
- PENSIÓN POR INVALIDEZ. EL REQUISITO PREVISTO EN EL ARTÍCULO
128 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL DEROGADA, CONSISTENTE EN QUE EL ASEGURADO SE
ENCUENTRE IMPOSIBILITADO PARA OBTENER INGRESOS DE CUANDO MENOS EL 50% HABITUAL
AL ÚLTIMO AÑO DE LABORES, CONSTITUYE UNA RESTRICCIÓN JUSTIFICADA QUE NO VIOLA
LOS ARTÍCULOS 1o. Y 123, APARTADO A, FRACCIÓN XXIX, DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL.
- INDEMNIZACIÓN EN CASO DE EXPROPIACIÓN. CONSTITUYE UNA MEDIDA A TRAVÉS DE LA
CUAL EL ESTADO RESARCE LA AFECTACIÓN AL DERECHO HUMANO A LA PROPIEDAD PRIVADA.
- EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO. SU NATURALEZA.
- DIMENSIÓN SUSTANCIAL O MATERIAL DEL
DERECHO A PROBAR. CASO
EN EL QUE LA CONFIGURACIÓN DE DOCUMENTOS PÚBLICOS CON VALOR PROBATORIO PLENO
TASADO EN LA LEY, LA TRANSGREDEN (ACTAS DE NOTARIOS).
- DERECHOS HUMANOS Y GARANTÍAS. SUS DIFERENCIAS.
- DERECHO A PROBAR. SU DIMENSIÓN SUSTANCIAL O MATERIAL
TRATÁNDOSE DE DOCUMENTALES PÚBLICAS PRECONSTITUIDAS CON VALOR PROBATORIO PLENO
TASADO EN LA LEY.
- DERECHO A PROBAR. CONSTITUYE UNA FORMALIDAD ESENCIAL DEL
PROCEDIMIENTO INTEGRANTE DEL DERECHO DE AUDIENCIA.
Si desea conocer el contenido de manera completa, en el siguiente enlace:
No hay comentarios.:
Publicar un comentario