SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
S C J N
M A T E R I A A D M I N I S T R A T I V A (FISCAL)
TESIS y JURISPRUDENCIAS del 16 y 23 de noviembre de 2018
Devolución de contribuciones, cuando se determina la ilegalidad del desistimiento de la solicitud; Obligación solidaria en materia fiscal federal; ISR, las subvenciones no representan un beneficio susceptible de aplicarse directamente.
La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA ADMINISTRATIVA (FISCAL), publicadas los pasados días 16 y 23 de noviembre de 2018, donde sobresalen los siguientes precedentes:
- DEVOLUCIÓN DE CONTRIBUCIONES. CUANDO SE DETERMINA LA ILEGALIDAD DEL
DESISTIMIENTO DE LA SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN, PROCEDE SU NULIDAD POR VICIOS
FORMALES, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 51, FRACCIÓN II, DE LA LEY FEDERAL DE
PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, CUYO EFECTO ES QUE LA AUTORIDAD
FISCAL SE PRONUNCIE RESPECTO DE ÉSTA, CON BASE EN EL ARTÍCULO 52, FRACCIÓN IV,
DE LA LEY CITADA.
- OBLIGACIÓN SOLIDARIA EN MATERIA FISCAL
FEDERAL. LA
MANIFESTACIÓN DE LA VOLUNTAD PARA ASUMIRLA TRATÁNDOSE DE PERSONAS MORALES,
PUEDE REALIZARSE POR UN APODERADO GENERAL PARA ACTOS DE DOMINIO, SIEMPRE QUE SE
LE HAYA OTORGADO ESA FACULTAD EN UNA CLÁUSULA ESPECÍFICA (NORMATIVA VIGENTE EN
2012).
- RENTA. LAS SUBVENCIONES NO REPRESENTAN UN BENEFICIO SUSCEPTIBLE
DE APLICARSE DIRECTAMENTE CONTRA EL PAGO DEL IMPUESTO RELATIVO A CARGO, PORQUE
DEBEN CONSIDERARSE UN INGRESO ACUMULABLE.
Para mayor referencia, en el siguiente vínculo:
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