viernes, 10 de julio de 2020

#SCJN - TESIS - Amparo contra leyes tributarias; Procedencia de la vía; Procedimiento para el fincamiento de responsabilidades resarcitorias y administrativo sancionador.



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


S   C   J   N


M A T E R I A    A D M I N I S T R A T I V A


TESIS y JURISPRUDENCIAS del 14 de junio de 2019


Procedimiento para el fincamiento de responsabilidades resarcitorias y administrativo sancionador; Procedimiento de investigación para determinar la existencia de insumos esenciales que puedan generar efectos anticompetitivos; Procedencia de la vía; Elementos de Seguridad Pública del Edo de Guerrero; Amparo contra leyes tributarias.





La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA ADMINISTRATIVA, publicadas el pasado día 14 de junio de 2019, donde sobresalen los siguientes rubros:



  1. PROCEDIMIENTOS PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES RESARCITORIAS Y ADMINISTRATIVO SANCIONADOR. SUS NOTAS DISTINTIVAS.
  2. PROCEDIMIENTO PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES RESARCITORIAS. LE SON INAPLICABLES LOS PRINCIPIOS DE PRESUNCIÓN DE INOCENCIA E IN DUBIO PRO REO.
  3. PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACIÓN PARA DETERMINAR LA EXISTENCIA DE INSUMOS ESENCIALES QUE PUEDAN GENERAR EFECTOS ANTICOMPETITIVOS. CONTENIDO DE LA RESOLUCIÓN CORRESPONDIENTE EMITIDA POR LA COMISIÓN FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA, CUANDO INVOLUCRA MERCADOS REGULADOS POR OTRAS AGENCIAS.
  4. PROCEDENCIA DE LA VÍA. SU ESTUDIO OFICIOSO ES INAPLICABLE CUANDO EL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO DE SONORA (ISSSTESON) DEMANDADO, INTERPONE LA EXCEPCIÓN DE INCOMPETENCIA POR MATERIA E IMPROCEDENCIA DE LA VÍA Y ÉSTA SE RESUELVE MEDIANTE LA INTERLOCUTORIA RESPECTIVA, SIN QUE LAS PARTES SE HUBIERAN INCONFORMADO AL RESPECTO.
  5. ELEMENTOS DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE GUERRERO. CORRESPONDE AL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE LA ENTIDAD CONOCER DE LOS CONFLICTOS SUSCITADOS CON MOTIVO DE LA PRESTACIÓN DE SUS SERVICIOS.
  6. AMPARO CONTRA LEYES TRIBUTARIAS. EL CÓMPUTO DEL PLAZO PARA PRESENTAR LA DEMANDA CONTRA LAS NORMAS QUE REGULAN EL IMPUESTO SOBRE ADQUISICIÓN DE INMUEBLES Y LOS DERECHOS POR INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD DEL ESTADO DE MORELOS, ASÍ COMO LOS IMPUESTOS ADICIONALES CORRESPONDIENTES, CON MOTIVO DE SU APLICACIÓN REALIZADA POR UN NOTARIO PÚBLICO, INICIA A PARTIR DE QUE EL CONTRIBUYENTE TIENE CONOCIMIENTO DE LA AFECTACIÓN PATRIMONIAL RESPECTIVA.




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