lunes, 20 de julio de 2020

#SCJN - TESIS - "Vigilantes" o "Agentes viales" municipales; Inscripción en el Registro Público de Derechos de Agua; IFETEL incumplimiento de medidas a los agentes económicos preponderantes; Resoluciones administrativas notificadas por correo electrónico; Vehículo importado en franquicia.



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


S   C   J   N


M A T E R I A     A D M I N I S T R A T I V A


TESIS y JURISPRUDENCIAS del 12 de julio de 2019


Vehículo importado en franquicia; Resoluciones administrativas notificadas por correo electrónico; Interés jurídico para intervenir en el procedimiento que inicie el IFETEL por incumplimiento de las medidas impuestas a los agentes económicos preponderantes; Inscripción en el Registro Público de Derechos de Agua; "Vigilantes" o "Agentes Viales" municipales.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA ADMINISTRATIVA, publicadas el pasado día 12 de julio de 2019, donde sobresalen los siguientes rubros:



  1. VEHÍCULO IMPORTADO EN FRANQUICIA. EL ÚNICO DOCUMENTO IDÓNEO PARA DEMOSTRAR QUE QUIEN SOLICITÓ SU INTERNACIÓN TEMPORAL AL RESTO DEL TERRITORIO NACIONAL CUMPLIÓ CON LA OBLIGACIÓN DE RETORNARLO A LA FRANJA FRONTERIZA DEL NORTE DEL PAÍS ES EL COMPROBANTE RESPECTIVO, EXPEDIDO POR EL PERSONAL DEL BANCO NACIONAL DEL EJÉRCITO, FUERZA AÉREA Y ARMADA, S.N.C., QUE OPERA EL MÓDULO DE CONTROL DE IMPORTACIÓN E INTERNACIÓN TEMPORAL DE VEHÍCULOS EN LAS ADUANAS.
  2. RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS NOTIFICADAS POR CORREO ELECTRÓNICO. CUANDO SE RECLAMEN EN EL AMPARO, LA AUTORIDAD DEBE PROBAR QUE CUMPLEN CON LA FORMALIDAD DE TENER LA FIRMA AUTÓGRAFA O ELECTRÓNICA DE SU EMISOR.
  3. INTERÉS JURÍDICO PARA INTERVENIR EN EL PROCEDIMIENTO QUE INICIE EL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES POR INCUMPLIMIENTO DE LAS MEDIDAS IMPUESTAS (OBLIGACIONES) A LOS AGENTES ECONÓMICOS PREPONDERANTES. LO TIENEN LOS CONCESIONARIOS DE LAS REDES PÚBLICAS DE TELECOMUNICACIONES DENUNCIANTES QUE PRETENDAN CONTRATAR LOS SERVICIOS OFERTADOS POR AQUÉLLOS.
  4. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PÚBLICO DE DERECHOS DE AGUA. TRATÁNDOSE DE LA RELATIVA A LA TRANSMISIÓN DE DERECHOS Y PRÓRROGA DE UNA CONCESIÓN, NO RIGE EL PRINCIPIO DE OFICIOSIDAD.
  5. "VIGILANTES" O "AGENTES VIALES" MUNICIPALES. EL ARTÍCULO 196, FRACCIÓN II, DE LA LEY DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE DEL ESTADO DE JALISCO, POR SÍ MISMO, ES INSUFICIENTE PARA FUNDAR SU EXISTENCIA JURÍDICA Y SUS FACULTADES PARA EMITIR BOLETAS DE INFRACCIÓN EN ESA MATERIA, POR LO CUAL, DE SER EL CASO, DEBERÁ COMPLEMENTARSE CON LA DISPOSICIÓN GENERAL, REGLAMENTARIA, O EL ACUERDO ADMINISTRATIVO QUE LAS ESTABLEZCA.





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