martes, 14 de junio de 2022

@SCJN - TESIS ->> Firma Electrónica expedida a personas morales por el SAT (FIEL o E.FIRMA), los Juzgados de Distrito y los Tribunales de Circuito están obligados a reconocerla como válida en los Juicios de Amparo, siempre que se encuentre certificada y vigente; Reposición del procedimiento en el Juicio Contencioso Administrativo Federal, cuando se omite emplazar al Jefe del #SAT y se impugna resolución emitida por entidad federativa coordinada en contribuciones federales.



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


S   C   J   N


M A T E R I A   A D M I N I S T R A T I V A   (FISCAL)


TESIS y JURISPRUDENCIAS del 23 de abril de 2021


Reposición del procedimiento en el Juicio Contencioso Administrativo Federal, cuando se omite emplazar al Jefe del SAT y se impugna resolución emitida por entidad federativa coordinada en contribuciones federales; Firma Electrónica expedida a personas morales por el SAT (FIEL o E.FIRMA), los Juzgados de Distrito y los Tribunales de Circuito están obligados a reconocerla como válida en los Juicios de Amparo, siempre que se encuentre certificada y vigente.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer el pasado día 23 de abril de 2021, las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA ADMINISTRATIVA (FISCAL), donde predominan los siguientes precedentes: 


  • REPOSICIÓN DEL PROCEDIMIENTO EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. PROCEDE CUANDO SE OMITE EMPLAZAR AL JEFE DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SAT) Y SE IMPUGNA UNA RESOLUCIÓN EMITIDA POR UNA ENTIDAD FEDERATIVA COORDINADA EN CONTRIBUCIONES FEDERALES.
  • FIRMA ELECTRÓNICA EXPEDIDA A PERSONAS MORALES POR EL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (FIEL O E.FIRMA). LOS JUZGADOS DE DISTRITO Y LOS TRIBUNALES DE CIRCUITO ESTÁN OBLIGADOS A RECONOCERLA CÓMO VÁLIDA EN LOS JUICIOS DE AMPARO, SIEMPRE QUE AQUÉLLA SE ENCUENTRE CERTIFICADA Y VIGENTE.

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