sábado, 24 de marzo de 2018

#SCJN - TESIS - Caducidad de la instancia en materia agraria; Amparo Directo admvo.; Hidrocarburos, exploración y extracción; Asamblea de asignación de tierras.



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


Tesis y Jurisprudencias del 04 y 25 de agosto de 2017


M A T E R I A    A D M I N I S T R A T I V A


Caducidad de la instancia en materia agraria; Amparo Directo en materia administrativa; Hidrocarburos, exploración y extracción; Nulidad de la asamblea de asignación de tierras.




La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio a conocer los pasados días 04 y 25 de agosto de 2017, las TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA ADMINISTRATIVA, donde destacan los siguientes rubros:



  • CADUCIDAD DE LA INSTANCIA EN MATERIA AGRARIA. LOS ARTÍCULOS 373 Y 378 DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, SON INAPLICABLES SUPLETORIAMENTE PARA DETERMINAR SUS EFECTOS.
  • AMPARO DIRECTO EN MATERIA ADMINISTRATIVA. EL AUTORIZADO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 28 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PARA EL ESTADO DE VERACRUZ, CARECE DE LEGITIMACIÓN PARA PROMOVER DICHO JUICIO EN NOMBRE DE QUIEN LO DESIGNÓ.
  • HIDROCARBUROS. EL ACUERDO DE USO Y OCUPACIÓN SUPERFICIAL PARA SU EXPLORACIÓN Y EXTRACCIÓN, DEBE PRESENTARSE DENTRO DE LOS 30 DÍAS NATURALES SIGUIENTES A SU CELEBRACIÓN, PARA QUE EL ÓRGANO JURISDICCIONAL PUEDA DOTARLO DEL CARÁCTER DE COSA JUZGADA.
  • NULIDAD DE LA ASAMBLEA DE ASIGNACIÓN DE TIERRAS. EL PLAZO DE 90 DÍAS PARA HACER VALER LA ACCIÓN RELATIVA POR EJIDATARIOS O POSESIONARIOS REGULARES, CORRE A PARTIR DE QUE ÉSTOS TUVIERON CONOCIMIENTO DE AQUÉLLA O DE SUS ACUERDOS, SI NO EXISTE CONSTANCIA EN AUTOS DE SU LEGAL CONVOCATORIA.




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