SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Tesis y Contradicción de Tesis del 07 de julio de 2017
M A T E R I A F I S C A L
DEVOLUCIÓN DE IMPUESTOS. En lo no previsto por el art 9 de la Ley del Impuesto al Activo abrogada, los numerales 17-A, 22 y 22-A del CFF son aplicables supletoriamente.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio a conocer la TESIS y su CONTRADICCIÓN DE TESIS en MATERIA FISCAL, publicada el pasado día 07 de julio de 2017, cuyo contenido es el siguiente:
- DEVOLUCIÓN DE CONTRIBUCIONES. EN LO NO PREVISTO POR EL ARTÍCULO 9o. DE LA LEY DEL IMPUESTO AL ACTIVO ABROGADA, LOS NUMERALES 17-A, 22 Y 22-A DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN SON APLICABLES SUPLETORIAMENTE.
- CONTRADICCIÓN DE TESIS 46/2017.
Si desea conocer el contenido de manera completa, en el siguiente enlace:
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