SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Tesis y Jurisprudencias del 11 de agosto de 2017
M A T E R I A F I S C A L
Pruebas en el JCAF; Juicios en Línea; Aviso de atención médica inicial y calificación probable de accidente de trabajo; Pequeños Contribuyentes; Notificación de la resolución determinante de contribuciones omitidas; Acción de lesividad; Notificaciones personales en el JCAF.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio a conocer las TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA FISCAL, publicadas el pasado día 11 de agosto de 2017, donde destacan los siguientes precedentes:
- PRUEBAS EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. EL REQUERIMIENTO A LA AUTORIDAD DEMANDADA PARA QUE EXHIBA LAS QUE NO ADJUNTÓ A SU CONTESTACIÓN, NO PUEDE LLEGAR AL EXTREMO DE SOLICITARLE EL PERFECCIONAMIENTO DE LAS DEFICIENTEMENTE OFRECIDAS.
- JUICIOS EN LÍNEA. LA FECHA Y HORA ASENTADAS EN LOS ACUSES DE RECIBO ELECTRÓNICO GENERADOS POR EL SISTEMA DE JUSTICIA EN LÍNEA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA, CORRESPONDEN AL HUSO HORARIO DEL LUGAR EN QUE TENGA SU SEDE LA SALA ESPECIALIZADA DE DESTINO RELATIVA.
- JUICIOS EN LÍNEA. CUANDO SE IMPUGNEN ACTOS EMITIDOS Y NOTIFICADOS EN UNA REGIÓN CON HUSO HORARIO DIVERSO AL DEL LUGAR DE RESIDENCIA DE LA SALA ESPECIALIZADA RELATIVA, DEBE EFECTUARSE LA CONVERSIÓN NECESARIA, A EFECTO DE GARANTIZAR QUE SE RESPETEN ÍNTEGRAMENTE LAS VEINTICUATRO HORAS DEL DÍA DEL TÉRMINO DEL PLAZO PARA PRESENTAR LA DEMANDA.
- AVISO DE ATENCIÓN MÉDICA INICIAL Y CALIFICACIÓN DE PROBABLE ACCIDENTE DE TRABAJO (FORMATO ST-7). ES UNA RESOLUCIÓN DEFINITIVA CONTRA LA QUE PROCEDE EL JUICIO DE NULIDAD, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 14, FRACCIÓN XVI, DE LA LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA ABROGADA.
- PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES. SON INOPERANTES LOS CONCEPTOS DE VIOLACIÓN EN LOS QUE SE HACE VALER LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LOS ACUERDOS QUE APRUEBAN LAS CUOTAS FIJAS BIMESTRALES DE LOS EJERCICIOS FISCALES DE 2009 A 2013, APLICABLES A LAS PERSONAS FÍSICAS INSCRITAS EN EL RÉGIMEN RELATIVO EN EL ESTADO DE MICHOACÁN, AL SER ÉSTE OPTATIVO.
- NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DETERMINANTE DE CONTRIBUCIONES OMITIDAS. EL PLAZO DE 6 MESES ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 50 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN QUE LA AUTORIDAD FISCAL TIENE PARA REALIZARLA, NO INCLUYE EL MOMENTO EN QUE AQUÉLLA SURTE EFECTOS.
- ACCIÓN DE LESIVIDAD. EXISTE LESIÓN JURÍDICA AL ESTADO CUANDO EL ACTO ADMINISTRATIVO SE DICTÓ EN CONTRAVENCIÓN DE LA LEY (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MICHOACÁN).
- NOTIFICACIONES PERSONALES EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. DEBEN PRACTICARSE APLICANDO SUPLETORIAMENTE EL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES.
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